Micelio
Auto9 de diciembre de 2021

A- de 2021

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Vargas Gonzalez Claudia Patricia·Demandado Ministerio De Trabajo Y Otros

Tema · dato duro
Demanda Laboral Contra Entidades Públicas Y Privadas. Pretensión Relacionada Con El Reconocimiento De La Pensión De Sobrevivientes. El Causante Era Empleado Público.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Fuero De Atracción
  • Sentido y alcance
Seguridad Social De Empleado Publico O Miembro De Corporacion Publica
  • Competencia de la jurisdicción contencioso administrativa
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 1 Laboral del Circuito de Buga (Valle del Cauca) y el Juzgado 2 Administrativo del Circuito del mismo municipio.

La controversia entre los precitados despachos se originó en una demanda ordinaria laboral que presentó una ciudadana en contra de varias entidades, pretendiendo el reconocimiento de una pensión de sobrevivientes en calidad calidad de única beneficiaria de su esposo, quien se desempeñaba como Dragoneante del INPEC y falleció a manos de sicarios que lo atacaron mientras se desplazaba a cumplir con funciones de policía judicial.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que a quien le corresponde conocer el precitado proceso es al Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Buga, a donde se ordenó enviar el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico y a los sujetos procesales interesados.

La anterior decisión se adoptó con base en la regla que establece que, en aquellos casos en los cuales se cuestionan las diferentes actuaciones de entidades públicas y privadas del sistema de seguridad social relacionadas con el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes derivada de la muerte de un empleado público y se satisfacen las condiciones del fuero de atracción, corresponderá a la jurisdicción de lo contencioso administrativo el conocimiento de la controversia

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 1 Laboral del Circuito de Buga, Valle del Cauca y el Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Buga, Valle del Cauca, y DECLARAR que el conocimiento del proceso bajo número de radicado 76111-33-33-002-2019-00295-00 referido a la demanda interpuesta por la señora Claudia Patricia Vargas González, contra el Ministerio del Trabajo, la Junta Regional de Invalidez del Valle del Cauca, la Junta Nacional de Invalidez y Positiva, corresponde al Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Buga, Valle del Cauca.
  2. Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-598 al Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Buga, Valle del Cauca, para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión al Juzgado 1 Laboral del Circuito de Buga, Valle del Cauca y a los sujetos procesales interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.